martes, 24 de mayo de 2011

Un proyecto aplicará el enfoque ecosistémico a la gestión de la pesca

Ayer comenzó en Roma la primera reunión del Proyecto CREAM, un proyecto europeo cuyo principal objetivo es propiciar la aplicación del enfoque ecosistémico a la gestión de la pesca, una nueva visión que tiene en cuenta no sólo la abundancia y distribución de las poblaciones explotadas sino además sus relaciones con el entorno.
El proyecto CREAM (en inglés, Coordinating research in support to application of EAF (Ecosystem Approach to Fisheries) and management advice in the Mediterranean and Black Sea), financiado como Acción Concertada por el 7º Programa Marco de la Unión Europea, se llevará a cabo en el período 2011-2014 y en él participarán representantes de las entidades científicas que forman el consorcio y que pertenecen tanto a países comunitarios (Francia, Italia, Grecia, España, Croacia, Bulgaria, Rumanía) como a terceros países (Marruecos, Argelia, Túnez, Egipto, Líbano, Turquía, Ucrania y Rusia). Además, se cuenta también con la colaboración de las diferentes organizaciones regionales relacionadas con la gestión pesquera (FAO, CGPM, ICCAT, etc.)
Por parte del Instituto Español de Oceanografía (IEO) asistirá el investigador y asesor científico-técnico Federico Álvarez.
El objetivo principal de CREAM es el desarrollo de una red de equipos e instituciones de investigación para mejorar la coordinación de programas de investigación que permita avanzar en la aplicación del enfoque ecosistémico a las pesquerías del Mediterráneo y Mar Negro. El proyecto trabajará en la revisión del conocimiento actual sobre la toma de datos y prácticas metodológicas en la evaluación y gestión pesquera; la identificación de datos necesarios, calidad, armonización, metodologías y modelos para aplicación del enfoque ecosistémico; la coordinación con las instituciones internacionales de evaluación y gestión; y la formación técnica y refuerzo de capacidades.

Pubilcado por http://www.ambientum.com/ 24 may 2011

Con urgencia: Ministerio Público venezolano solicitó medidas de protección para fauna silvestre



Caracas, mayo 23 - Con el fin de evitar el comercio ilícito, el Ministerio Público solicitó “con carácter de urgencia” a diferentes tribunales de control, medidas de protección para la conservación de la fauna silvestre en 15 estados del país y el Área Metropolitana de Caracas.

Las medidas fueron solicitadas en los estados Anzoátegui, Apure, Amazonas, Barinas, Bolívar, Carabobo, Delta Amacuro, Falcón, Guárico, Lara, Miranda, Monagas, Sucre, Yaracuy y Zulia.

En el escrito se especifica que tales solicitudes fueron fundamentadas en el artículo 24 de la Ley Penal del Ambiente, el cual establece que “el juez podrá adoptar, de oficio o solicitud de parte o del órgano administrativo denunciante, en cualquier estado o grado del proceso, las medidas precautelativas que fuesen necesarias para eliminar un peligro, interrumpir la producción de daños al ambiente o a las personas o evitar las consecuencias degradantes del hecho que se investiga”.

La petición se realizó a través de los fiscales especializados en materia ambiental, adscritos a la Dirección de Defensa Integral del Ambiente y Delito Ambiental del Ministerio Público, en virtud de las actividades que han venido realizando personas naturales y jurídicas con el comercio ilícito de ejemplares de la fauna silvestre y de sus productos.

Este comercio indiscriminado ha repercutido de manera negativa en la conservación y reproducción de las especies y en su hábitat; así como en los ecosistemas naturales y áreas especiales.

En el escrito interpuesto ante las respectivas instancias judiciales, los fiscales destacan que se torna imprescindible adoptar “con carácter de urgencia”, las medidas de protección, a fin de poner freno al comercio ilícito de la fauna silvestre en el país.

De acuerdo con el artículo 2° de la Ley de Protección a la Fauna Silvestre, se considera fauna silvestre: 1. Los mamíferos, aves, reptiles y batracios que viven libremente y fuera del control del hombre en ambientes naturales y que no pueden ser objeto de ocupación sino por la fuerza; 2. Los animales de igual naturaleza amansados o domesticados, que tornen a su condición primitiva y que por ello sean susceptibles de captura, como lo son los animales silvestres apresados por el hombre y que posteriormente recobren su libertad.

Hay que resaltar que dichas solicitudes también se realizarán en los estados que lo ameriten.

Publicado Por http://www.lailatina.com.ve/ 23 may 2011